- Juicio laboral, promovido desde 2016, llega a su fin luego que la la Juez Tercero de Distrito en el Estado de Yucatán negó el amparo al municipio contra laudo laboral
- En el laudo los trabajadores sindicalizados obtuvieron el derecho a ser inscritos retroactivamente ante el ISSTEY, algunos con 30 años de antigüedad y sin seguridad social
Mérida, Yucatán.- La administración de Erik José Rihani González deberá inscribir de inmediato ante el ISSTEY a unos 130 trabajadores afiliados al Sindicato de Empleados y Obreros al Servicio del Ayuntamiento de Progreso, algunos con 30 años de antigüedad y sin seguridad social por lo que tendrá que saldar ante la institución más de 150 millones de pesos en cotizaciones, cuotas, recargos, multas y actualizaciones.
De esta manera llega a su fin este asunto laboral que se ventila desde la administración de José Cortés Góngora, en 2016.
El secretario general del sindicato, Lic José Arcángel Ávila Pat, fue notificado al igual que al apoderado del municipio, Jorge Alberto Castillo León, de la resolución de la Juez Tercero de Distrito en el Estado de Yucatán, Karla Alexandra Domínguez, de sobreseer el juicio de amparo indirecto 809/2025-VI promovido por Ayuntamiento del Municipio de Progreso, contra el laudo del Juicio laboral 148/2016 del Tribunal de los Trabajadores al Servicio del Estado y de los Municipios perteneciente al Poder Judicial del Estado de Yucatán.
En la sentencia, la Juez Tercero de Distrito, concluye que no asiste razón a los quejosos, el alcalde y su apoderado legal, pues hay constancia en el expediente laboral que el Ayuntamiento fue debidamente notificado de los diversos laudos, así como de los amparos directos promovidos por los trabajadores; inclusive se aprecian claramente sellos originales del Ayuntamiento, y firmas de recibido con fecha y nombre de la persona que recibió dichas notificaciones.
La juzgadora, en el análisis del documento, señaló que existe constancia fehaciente de que la parte quejosa tenía conocimiento de la existencia del procedimiento laboral seguido en su contra, en el que incluso ya se había dictado una sentencia condenatoria y además se le notificó el juicio de amparo directo instado contra dicho laudo, al menos desde el 14 de marzo de 2019, cuando el Actuario adscrito al Tribunal de los Trabajadores al Servicio del Estado y de los Municipios notificó la primera resolución a que se hizo referencia, resulta evidente que entre esa fecha y el 9 de mayo de 2025, cuando presentó la demanda de amparo, habían trascurrido en exceso los 15 días a que se refiere el artículo 17 de la ley de la materia, para la interposición del juicio de amparo.
El siguiente paso es que el Ayuntamiento proceda a acatar de inmediato el laudo y pagarle al ISSTEY la cantidad que le adeuda, que ya rebasa los 150 millones de pesos, para que todos estos trabajadores puedan disfrutar retroactivamente al igual que sus familias de la seguridad social que es un derecho humano tutelado por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
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