TEEY descarta violencia política en razón de género en el cabildo de Kinchil

La denuncia fue interpuesta por una regidora del Ayuntamiento de Kinchil en contra del alcalde y el secretario municipal.

El Pleno concluyó que no hay elementos para acreditar que los actos denunciados estuvieran dirigidos a la regidora por su condición de mujer, ni que se sustentaran en estereotipos de género.

Mérida, Yucatán.-  El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY) resolvió, por unanimidad, declarar inexistente la violencia política contra las mujeres en razón de género denunciada por una regidora del Ayuntamiento de Kinchil en contra del alcalde y el secretario municipal.

Al resolver el Procedimiento Especial Sancionador PES-001/2026, cuyo proyecto de sentencia estuvo a cargo del Magistrado Fernando Javier Bolio Vales, el Tribunal analizó la denuncia presentada por una regidora de dicho municipio. La promovente señaló presuntas conductas de hostilidad, aislamiento político, irregularidades en las convocatorias a sesiones de Cabildo y dificultades para acceder a documentación financiera.

Tras una valoración integral y contextual del caso, bajo los parámetros y la perspectiva de género establecidos por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el Pleno concluyó que no hay elementos para acreditar que los actos denunciados estuvieran dirigidos a la regidora por su condición de mujer, ni que se sustentaran en estereotipos de género.

El proyecto de sentencia demostró que las deficiencias administrativas identificadas en el funcionamiento del Ayuntamiento, tales como la falta de anticipación en las convocatorias o el acceso a la información financiera, también fueron manifestadas por otros integrantes del Cabildo. Por lo tanto, no se generó una afectación diferenciada o desproporcionada basada en el género de la denunciante.

Asimismo, el Pleno precisó que el pasado 2 de octubre se determinó escindir los planteamientos relativos a la posible obstaculización del ejercicio y desempeño del cargo de la funcionaria. Dichos agravios serán analizados mediante la vía jurisdiccional correspondiente, por lo que la presente resolución no prejuzga sobre las posibles afectaciones a sus derechos político-electorales en esa materia, sino que se limita a descartar la infracción de violencia política en razón de género.

Con estas resoluciones, el Tribunal Electoral del Estado de Yucatán refrenda su compromiso con la impartición de justicia pronta, exhaustiva e imparcial, garantizando el respeto a los derechos político-electorales de la ciudadanía.

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