Mérida, Yucatán.- Unos
100 abogados, entre litigantes y servidores judiciales concluyeron el curso
“Los procedimientos orales mercantiles” que el Poder Judicial del Estado inició
en noviembre pasado, con el objetivo de actualizar a los profesionales del
derecho que están inmersos en los procesos, sobre las más recientes reformas en
esta materia, ya que la pronta resolución de los casos depende también de la
correcta actuación de quienes asesoran dichos litigios y es un factor de
desarrollo económico y empresarial para el estado.
El curso fue impartido por el Juez Primero de Oralidad
Mercantil Raúl Cano Calderón y la Secretaria de acuerdos Cecilia Palomo
Cifuentes y contó con una duración de 50
horas efectivas, en las que se trataron, de forma detallada , cada uno de los
pasos de los procesos judiciales en esta materia, así como la forma correcta en
la que los abogados deben presentar sus casos en el marco del sistema oral, así
como también informarse y actualizarse en las reformas publicadas en enero de
2017 y que entraron en vigor el pasado 26 de enero del presente año.
En la ceremonia de clausura, la consejera que preside la
Comisión de Desarrollo Humano del Consejo de la Judicatura, Silvia Carolina
Estrada Gamboa, señaló que el curso fue impartido como una de las muchas acciones
que el Poder judicial del Estado realiza para brindar a los estudiantes,
abogados postulantes y servidores judiciales una preparación constante y
continua en la actualización de los constantes cambios y reformas en temas del
derecho.
Por su parte, la consejera presidenta de la Comisión de
Disciplina del Consejo de la Judicatura, Sara Luisa Castro Almeida, agradeció
la participación y el interés de los abogados postulantes por mantenerse
actualizados en el curso que duró aproximadamente tres meses. También agradeció
la disposición del juez Cano Calderón y de la Secretaria de acuerdos Palomo
Cifuentes para la realización de este curso.
Cabe señalar que por modificaciones al Código de Comercio,
desde el 26 de enero de este año los asuntos mercantiles, previstos en el
artículo 1390 Bis de este ordenamiento, cuyo monto sea menor a $1,000,000.00
por concepto de suerte principal, sin tomar en consideración intereses y demás
accesorios reclamados a la fecha de presentación de la demanda, se tramitan
bajo el sistema oral.
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