Imputan a dos funcionarios del Ayuntamiento de Mérida por concusión

Imputan a dos funcionarios del Ayuntamiento de Mérida por concusión

  • Valiéndose de su puesto en el Departamento de Inspección de la Subdirección de Mercados instruyeron a inspectores para que ubicaran a vendedores ambulantes en la periferia de la ciudad que carecieran de permiso correspondiente y les exigían el pago de una cuota mensual

Mérida, Yucatán.- En audiencia presidida por la Jueza de Control del Primer Distrito Judicial del Sistema de Justicia Penal Acusatorio y Oral del Poder Judicial del Estado, Blanca Beatriz Bonilla González, dos personas fueron imputadas por el delito de concusión*, en una audiencia realizada en el Centro de Justicia Oral de Mérida.

El Código Penal para el Estado de Yucatán establece que comete el delito de concusión el servidor público que, con el carácter de tal y a título de impuesto, contribución, recargo, renta, rédito, salario o emolumento, exija por sí o por medio de otro, dinero, valores, servicios, o cualquiera otra cosa que sepa no es debida o en mayor cantidad que la señalada en la ley.

De acuerdo con lo establecido en el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) el Ministerio Público comunicó al detenido que iniciaron una investigación (formulación de imputación), acorde con los siguientes hechos:

“Que durante el periodo comprendido entre noviembre de 2018 y diciembre de 2019, los hoy imputados, valiéndose de su puesto de trabajo que tenían en el Departamento de Inspección de la Subdirección de Mercados del Ayuntamiento de Mérida, instruyeron a inspectores que tenían a su cargo para que ubicaran a vendedores ambulantes en la periferia de la ciudad que carecieran de permiso correspondiente y les exigían el pago de una cuota mensual, ello sabiendo que no es debido, ya que acorde con sus funciones establecidas en el Reglamento de Mercados del Municipio de Mérida, no era función de los inspectores realizar el cobro, sino de la Tesorería Municipal”.

Posterior a la imputación, en la misma audiencia la Fiscalía, conforme a lo previsto en el CNPP, solicitó a la Jueza de Control resolver la situación jurídica de los imputados (auto de vinculación a proceso). Sin embargo, la defensa solicitó la ampliación del término constitucional, que es de 144 horas, ante lo cual la Jueza notificó a las partes que la audiencia de vinculación se realizará el lunes 19 de octubre del presente a las 09:00 horas, en este mismo Centro de Justicia Oral.

Por último y después del debate entre los fiscales y la defensa, la Juzgadora impuso a los imputados las medidas cautelares consistentes en acudir a firmar los primeros cinco días de cada mes ante el Centro Estatal de Supervisión de Medidas Cautelares y Suspensión Condicional del Proceso; la prohibición de salir del estado sin autorización judicial y la presentación de una garantía económica.

* La concusión es un término legal que se refiere a un delito llamado exacción ilegal, es decir, cuando un funcionario público en uso de su cargo, exige o hace pagar a una persona una contribución, o también al cobrar más de lo que le corresponde por las funciones que realiza. Este delito puede presentar agravantes si se emplea intimidación o si se invoca que son órdenes de un funcionario de mayor jerarquía, y esta exacción es en provecho propio

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