Mérida, Yucatán.- Después de contar con la anuencia de las partes involucradas, se celebró un procedimiento de juicio abreviado, donde Manuel Jesús Haas P. fue declarado penalmente responsable del delito de violencia familiar denunciado tras los hechos ocurridos el mes de agosto pasado en agravio de su esposa, por lo que fue sentenciado a tres años de prisión.
La Fiscalía General del Estado (FGE) aportó los datos de prueba que permitieron a la Juez Segunda de Control declarar el fallo condenatorio al confirmarse la participación del acusado en los hechos denunciados, por los que además de la pena de prisión, fue sentenciado al pago de la reparación del daño moral, la suspensión de sus derechos políticos y a recibir amonestación pública
Cabe precisar que además de las penas indicadas, el encausado fue sentenciado a no acercarse a la víctima y su domicilio por tres años más, después de compurgar su pena en prisión.
Durante la audiencia, celebrada en el Centro de Justicia Oral de Mérida ante la Juez Segunda de Control, los fiscales de litigación establecieron que los hechos ocurrieron el primero de agosto del año 2022, cuando el imputado ejecutó actos abusivos de poder en contra de su esposa en el interior del predio familiar, por lo que en su momento fue detenido y presentada la denuncia correspondiente.
La carpeta de investigación señala que Manuel Jesús, aceptó ante la Juez Segundo de Control, Licenciada Diana Yadira Garrido Colonia, que el día primero de agosto del 2022, alrededor de las 20:45 horas, sin motivo alguno, ejerció actos abusivos de poder en contra de su esposa en su domicilio ubicado en la colonia El Roble, donde la golpeó con una madera.
La mujer solicitó el auxilio de la Policía y poco después el violento individuo fue detenido y consignado ante la autoridad competente.
La Juez le impuso la pena de 3 años de prisión, el pago de la reparación del daño, amonestación para que no reincida, la suspensión de derechos políticos y la prohibición de acercarse a la víctima al recuperar la libertad.
Por último, antes de concluir con la diligencia judicial, se dispensó la audiencia de lectura de sentencia, por lo que quedan en firme las penas señaladas.
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