![]() |
Foto Wallpaperscom |
Mérida, Yucatán.- La Fiscalía General del Estado (FGE) obtuvo sentencia condenatoria de 21 y nueve meses de prisión en contra de Carlos Benjamín P.T., declarado penalmente responsable del delito de abuso sexual equiparado agravado, por los hechos ocurridos en el municipio de Sudzal, Yucatán.
Durante el desarrollo del juicio oral, el Tribunal Segundo de Enjuiciamiento valoró las pruebas periciales, documentales y testimoniales presentadas por los fiscales de litigación, las cuales resultaron suficientes para acreditar la responsabilidad penal del acusado.
En la audiencia de individualización de penas en juicio oral, se le impuso, además de la pena privativa de libertad, una multa de 234,271 pesos, el pago de 50,000 pesos por concepto de reparación del daño moral, y la obligación de cubrir los gastos de traslados y terapias psicológicas derivados de los hechos.
Asimismo, se le suspendieron sus derechos políticos y se le prohibió de manera permanente y definitiva acercarse a la víctima.
De acuerdo con lo expuesto en la audiencia, los hechos ocurrieron el 17 de marzo de 2023, en el corredor de un predio ubicado en el municipio de Sudzal.
El imputado, aprovechando la relación de confianza que mantenía con la víctima, una menor de 14 años de edad, ejerció tocamientos indebidos, siendo sorprendido por familiar de la adolescente.
Cabe señalar que el proceso penal fue desahogado inicialmente ante el Juzgado Primero de Control del Segundo Distrito Judicial con sede en Kanasín, bajo la causa penal 44/2023.
Finalmente, a solicitud de las partes, se concedió la dispensa de la audiencia de lectura y explicación de sentencia.
SENTENCIADO A 11 AÑOS DE PRISIÓN POR VIOLENCIA FAMILIAR
Tras ser declarado penalmente responsable del delito de violencia familiar, G.G.V.S. fue sentenciado a once años y tres meses de prisión en la audiencia de individualización de sanciones realizada ante el Tribunal Unitario 1 de Enjuiciamiento, por los hechos ocurridos en el fraccionamiento Palmas del Sur de Mérida.
Durante el desarrollo del juicio, la Fiscalía General del Estado (FGE) aportó pruebas periciales, documentales y testimoniales que permitieron acreditar la responsabilidad penal del acusado.
Además de la pena privativa de libertad, se le impuso el pago de 25 mil pesos por concepto de daño moral, el pago de daño material, la amonestación pública, la suspensión de sus derechos políticos y la prohibición permanente de acercarse a la víctima. Asimismo, se le negaron los beneficios de sustitución de sanciones.
De acuerdo con lo expuesto en la audiencia, los hechos ocurrieron el 22 de enero del 2024, cuando el imputado acudió al domicilio de la víctima, con quien hasta unos días antes mantenía una relación sentimental.
En el lugar, ejerció violencia física al golpearla con los puños en diversas partes del cuerpo y violencia psicológica mediante amenazas, además de causar daños materiales en la vivienda.
La afectada solicitó auxilio, por lo que elementos de seguridad intervinieron y lograron la detención del agresor en el sitio.
Cabe recordar que el proceso se desahogó inicialmente ante el Juez Segundo de Control del Primer Distrito Judicial de Mérida, bajo la causa penal 20/2024.
A petición de las partes, se concedió la dispensa de la audiencia de lectura y explicación de sentencia.
No hay comentarios.
Publicar un comentario