Ciberacoso: la nueva frontera de violencia contra las mujeres

  • En México el acoso virtual es mayor contra mujeres de 12 a 29 años y solo el 5.4% de ellas lo denuncia ante la autoridad. 
  • El ciberacoso es una forma de conducta de violencia generalmente anónima que victimiza a las personas a través del uso de Tecnologías de la Información
  • Un estudio de Amnistía Internacional analizó 14 millones de tweets y reportó que en 2017, una mujer fue acosada en #Twitter cada 30 segundos. 
Ciudad de México.- El acoso cibernético o virtual es una forma de victimizar a las personas a través del uso de Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) y medios digitales. Es un acto intencionado de intimidación realizado por una persona o un grupo que tiene como fin dañar a una tercera persona mediante el uso de las TIC.

El Centro de Estudios Internacionales Gilberto Bosques del Senado de la República reporta que para dos de los investigadores del ciberacoso reconocidos a nivel internacional, Justin Patchin de la Universidad de Michigan y Sameer Hinduja codirector del Cyberbullying Research Center, el ciberacoso implica daños a la víctima, sufrimiento de efectos negativos ya sean psicológicos, emocionales y/o sociales, entre otros. Asimismo, implica una repetición de actos, ya que la tecnología facilita la reproducción, redistribución y acceso del contenido ofensivo.1

En tanto el Pew Research Center ubica los siguientes comportamientos como acoso en línea: insultos ofensivos; humillación intencional; amenazas físicas; acoso sostenido; acoso sexual y acecho.2 

De lo anterior se desglosan las siguientes formas de violencia interpersonal a través de la red: doxxing, es la práctica en internet de investigación y publicación de información personal privada sobre un individuo o una organización; pornografía infantil; pornografía no consensuada; morphing, a través de aplicaciones se modifica el rostro de las personas, en este caso se utilizan en imágenes de pornografía adulta o explotación sexual infantil y recientemente para ataques políticos; grooming, es un término que describe la forma en que algunas personas se acercan a niños y jóvenes para ganar su confianza, crear lazos emocionales y posteriormente abusar de ellos sexualmente; flaming es la interacción hostil e insultante en internet; ciberbullying, es un término que se utiliza para describir cuando un niño o adolescente es molestado, amenazado, acosado, humillado, avergonzado o abusado por otro niño o adolescente; sexting, se refiere al intercambio de fotos y/o textos con contenido sexual o erótico; cyber mobs, cuando grupos en línea publican contenido ofensivo hacia otros grupos con la intención de humillar a alguien.3

El ciberacoso es una forma de conducta de violencia generalmente anónima que victimiza a las personas a través del uso de Tecnologías de la Información y Comunicación, implica la repetición del acto ofensivo, ya que la tecnología facilita la reproducción, redistribución y acceso al agravio, siendo las mujeres más propensas al acoso cibernético.

Además, si bien todas las personas corren riesgo de ser acosados/as en línea, en el espacio virtual las mujeres son más propensas al acoso cibernético y a esto hay que agregar aspectos de identidad, origen étnico, orientación sexual, identidad de género, estado migratorio o discapacidad que aumentan el problema. Por ejemplo, las mujeres multirraciales tienen mayor riesgo de ser víctimas de agresores de ciberacoso, 210 de cada 1000 víctimas son niñas de secundaria de grupos étnicos minoritarios.4 

Destaca también, el incremento del acoso y el abuso en línea hacia las mujeres periodistas. Un estudio de Amnistía Internacional de 2018 a través de una encuesta sobre las experiencias de las mujeres de entre 18 y 55 años en Dinamarca, España, Estados Unidos, Italia, Nueva Zelanda, Polonia, Reino Unido y Suecia,5 analizó 14 millones de tweets recibidos por
778 mujeres periodistas y políticas y reportó que, en 2017, una mujer fue acosada en Twitter cada 30 segundos. 

Siendo las mujeres cafrodescendientes un 84% más propensas a ser acosadas en la red que las mujeres blancas. De igual forma el análisis reveló que las principales formas de violencia son: lenguaje abusivo (61%), violencia sexual o misógina (46%); amenazas de violencia física o sexual (25%); divulgación de información personal (16%); y distribución de imágenes íntimas sin consentimiento (8%).6 

En este sentido, la Organización de Seguridad y Cooperación en Europa reconoce el acoso en línea de mujeres periodistas como una amenaza grave, y señala que se enfrentan a una doble carga: ser atacadas como periodistas y como mujeres.7 

Por su parte, la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) advierte que “es claro que los hombres no están igual de expuestos a este tipo de hostigamiento”.8
Un factor clave para llevar a cabo conductas de violencia virtual es el anonimato, ya que la red facilita que se realice de manera oculta. En México, por ejemplo, en el 58.8% de las situaciones de ciberacoso no se identifican a las personas agresoras.
Un estudio de Amnistía Internacional analizó 14 millones de tweets y reportó que, en 2017, una mujer fue acosada en Twitter cada 30 segundos. Siendo las mujeres afrodescendientes un 84% más propensas a ser acosadas en la red que las mujeres blancas.

En ese sentido, y bajo la premisa de que todas las personas tienen derecho a ser
protegidas ya sea en el contexto virtual como en el físico, la creación de marcos jurídicos, en especial a la seguridad del libre intercambio de información entre usuarios es una prioridad en la era digital. Lo anterior sin dejar de lado la óptica de los tribunales y las sutiles diferencias entre la libertad de expresión, expresión protegida, la amenaza real y la censura.

El presente documento describe las acciones legislativas recientes en países como Brasil que reporta un aumento considerable de víctimas de ciberacoso; Estados Unidos, en el 1 de cada 20 estadounidenses cometen esta forma de abuso;9 e Italia que es el país en el que más ha aumentado la conciencia del ciberacoso.10 A su vez estas legislaciones integran una serie de variables como el robo de contenido de un dispositivo informático o penas para menores de edad.

Brasil
En Brasil, el Instituto Patrícia Galvão, especializado en los derechos de las mujeres, reporta cerca de 120 mujeres al día como víctimas de ciberacoso. Aunado a lo anterior el 96% de la población entre 15 y 32 usa la red diariamente y el 28% de hombres encuestados manifestaron que transmitían imágenes de mujeres desnudas aparentemente producidas sin permiso. 11

En consecuencia, la legislación brasileña enmarca la venganza cibernética desde la perspectiva de responsabilidad civil, daños morales y penales. Además de los crímenes contra el honor (calumnia y difamación), la Ley Maria da Penha (Ley no. 11.340/2006)12 protege a las mujeres víctimas de ciberacoso, si sufren violencia psicológica y daños morales, así como violencia doméstica y familiar.13

Se destaca la Ley Penha ya que, en 2018, Brasil promulgó la legislación contra la pornografía vengativa, la Ley no. 13.772/2018.14 Esta ley modifica la legislación Penha y el Código Penal y reconoce que la violación de la intimidad de la mujer es violencia doméstica y familiar en los casos que hubo una relación entre la víctima y el agresor. A su vez penaliza el registro no autorizado y la exposición de contenidos con escenas de desnudos o sexuales de carácter íntimo y privado con una multa y una pena de cárcel de seis meses a un año.

Cabe mencionar también que la Ley no. 13.718/2018,15 establece una pena de uno a cinco años de cárcel para aquellos que ofrezcan, intercambien, hagan accesible, transmitan, publiquen o divulguen, por cualquier medio incluyendo los medios de comunicación masiva o de informática, registros audiovisuales que contenga una escena de violación o que haga una apología o induzca a su práctica; o una escena de sexo, desnudez o pornografía sin el consentimiento de la víctima. 

La pena es aumentada de 1/3 a 2/3 si el crimen lo realiza alguien que haya tenido relación íntima de afecto con la víctima, o con el fin de venganza o humillación.

En Brasil cerca de 120 mujeres al día son víctimas de ciberacoso. Las leyes no. 
13.772/2018 y no. 13.718/2018, considera la violación de la intimidad de la mujer como violencia doméstica, y penaliza el registro y distribución de una escena de violación; o de sexo, desnudez o pornografía sin el consentimiento de la víctima.

En el mismo sentido la Ley no. 12.965/2014, establece principios, garantías, derechos y deberes para el uso de la internet en Brasil y en consecuencia exige a los proveedores de internet eliminen el material de la red después de una notificación extrajudicial, de lo contrario podrán considerarse responsables de los daños causados a la víctima.16

Por último, la Ley Carolina Dieckmann o Ley no. 12.737/2012,17 prevé en el Código Penal brasileño la cárcel entre ocho meses y tres años a cualquier persona que divulgue contenido robado de un dispositivo informático.

Estados Unidos
Un estudio del Pew Research Center indica que aproximadamente cuatro de diez estadounidenses han experimentado acoso cibernético y uno de cada cinco han sido víctimas de formas severas de acoso como amenazas físicas y acoso sexual, asimismo el 62% de los encuestados considera el ciberacoso como un problema mayor.18

En Estados Unidos los siguientes estados cuentan con legislaciones para combatir específicamente la pornografía vengativa: Alabama, Alaska, Arizona, Arkansas, California, Colorado, Connecticut, Delaware, Florida, Georgia, Hawái, Illinois, Kansas, Louisiana, Maine, Maryland, Michigan, Minnesota, Missouri, Montana, Nebraska, Nevada, New Hampshire, Nueva Jersey, Nueva York, Nuevo Mexico, Ohio, Carolina del Norte, Dakota del Norte, Dakota del Sur, Oklahoma, Oregón, Pennsylvania, Rhode Island, Tennessee, Texas, Utah, Vermont, Virginia, Washington, Washington D.C., West Virginia, y Wisconsin.19

Sobresale la legislación en Florida, que también contempla el sexting e incluye penas para menores enviando y recibiendo este tipo de mensajes. En particular, define a la pornografía de venganza como acoso cibernético sexual, un delito menor de primer grado, castigable con hasta un año de cárcel y/o una multa de 1,000 dólares. Las ofensas posteriores resultan en un delito grave de tercer grado castigado con una pena de prisión estatal de hasta cinco años, cinco años de libertad condicional y/o una multa de 5,000 dólares. 

El Estado de Florida también opta por que las víctimas pueden presentar una demanda civil que permita la reparación en forma de medida cautelar, o la eliminación del material, o 5,000 dólares en compensación o los daños monetarios reales sufridos, así como el pago de honorarios de abogados.20

En cuanto al sexting la legislación de Florida prevé para menores el castigo por la primera violación por recibir o enviar un mensaje de texto que contenga desnudos y que sea perjudicial para una tercera persona, una sanción de ocho horas de servicio comunitario o una multa de 60 dólares. 

De igual forma requiere la participación en una clase de capacitación contra el sexting. El segundo delito se considera un delito menor y un tercer delito es un delito grave. En los casos en que se enviaron varias imágenes dentro de las 24 horas se consideran un solo delito. Si el menor que recibió las imágenes no las solicitó, denunció el incidente a una figura de autoridad y no distribuyó la imagen recibida, no se le acusará del delito de sexting.21
En Estados Unidos, 43 estados cuentan con legislaciones para combatir la pornografía  vengativa. Destacan las legislaciones en Florida y Nueva York, que también contemplan el sexting e incluye penas para menores que envíen y reciban este tipo de mensajes.
El caso más reciente de aprobación de la legislación contra la pornografía vengativa es el Estado de Nueva York, donde el 90% de las víctimas de la porno venganza son mujeres. La nueva ley establece como un crimen el acto de utilizar imágenes y videos con contenido sexual de una persona para cobrar venganza. Con la aprobación de esta ley, los victimarios pasarían hasta un año en prisión, además de ser obligados a retirar el contenido sexual de la web.22

En cuanto al sexting, la legislación “A08170” del mismo estado, crea un programa de reforma educativa para menores acusados penalmente de ciertos delitos que involucran la creación, exhibición o distribución de una fotografía que representa la desnudez mediante el uso de un dispositivo de comunicación electrónica, un dispositivo de comunicación inalámbrica interactiva o una computadora. 

Para considerarlo delito las dos personas involucradas en el envío y la recepción del mensaje deben ser menores de veinte años y deben tener una diferencia de cinco años. Tendrán que participar en un programa de reforma educativa que implique un máximo de ocho horas de instrucción que brinde información sobre las consecuencias legales y no legales del sexting, y los problemas asociados con la tecnología y el acoso escolar.23

Italia
El Parlamento italiano desde el año 2016 inició los trámites para aprobar un proyecto de ley24 para defender a las víctimas de ciberacoso, después del suicidio de Tiziana Cantone, de 31 años, quien fue víctima de ciberacoso por parte de su expareja. La propuesta legislativa incluyó por primera vez la definición de ciberacoso y que las víctimas o sus padres pudieran solicitar la eliminación de cualquier contenido que se haya publicado en la red sin autorización. 

De igual forma la víctima podría presentar su denuncia ante el Defensor de la Intimidad para tramitar las peticiones correspondientes a los administradores de las plataformas de internet. Sin embargo, el documento no fue aprobado porque, según algunos grupos parlamentarios, argumentaron que lo que empezó siendo una ley sobre el acoso cibernético y la intimidación terminó siendo una herramienta para la censura.25

Tres años después, la Cámara de Representantes de Italia, aprobó por unanimidad la ley para castigar la porno venganza e introdujo el delito de porno vengativo. La nueva legislación modificó Código Penal, el Código de Procedimiento Penal y otras disposiciones relativas a la protección de las víctimas de violencia doméstica y de género.26

El delito incluye la divulgación con fines de venganza, en internet de mensajes, videos y fotos con contenido sexual explícito sin el consentimiento de la persona que aparece en él. La pena contempla de uno a seis años de prisión y una multa de 5,000 a 15,000 euros. La condena aumenta si el responsable ha tenido una relación sentimental con la víctima.27

Obstáculos para denunciar el ciberacoso
A pesar de los avances legislativos para combatir el ciberacoso, existen una serie de dificultades que no facilitan la denuncia de este delito ante las autoridades.

En primer lugar, la limitación de la definición de material sexual, es decir, que imágenes que no sean consideradas de naturaleza sexual o no presenten acciones sexuales no sean calificadas para ser procesada una denuncia. En consecuencia, las mujeres de la comunidad musulmana podrían considerarse desvestidas al no llevar la vestimenta religiosa y este no sería un agravante.
Algunos de los obstáculos para denunciar el ciberacoso son: la limitación de la definición de material sexual; demostrar la intención de humillar; la no garantía del anonimato y la falta de capacitación por parte de las autoridades.
De igual forma el tener que demostrar que el registro y divulgación del material tuvo la intención de causar humillación. En este caso algunos activistas insisten en que este requisito debería eliminarse, sin embargo. algunos abogados subrayan que es necesario para evitar la criminalización excesiva.

Cabe mencionar también, que la garantía del anonimato es otra de las causas por las cuales no se denuncia el ciberacoso.28

Por otra parte, las autoridades responsables de recibir las denuncias requieren de la capacitación necesaria tanto sobre la aplicación de la legislación como del trato hacia las víctimas para evitar la revictimización y estigmatización. Por ejemplo, al denunciar, la autoridad tiene que “solicitar la realización de un dictamen psicológico para evaluar la afectación de la víctima; en el caso de que haya escalado a lesiones físicas se tiene que realizar un peritaje médico”.29

En suma, las dificultades que se presentan para realizar una denuncia de ciberacoso inciden también en la medición del problema y como consecuencia en las políticas y protocolos oficiales para reportar y sancionar este tipo de violencia.

MÉXICO
En México, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) realizó el Módulo sobre Ciberacoso (MOCIBA) 2017,30 en esta tercera emisión el MOCIBA, acotó la edad de la población objetivo en personas de 12 a 59 años. La población total de este grupo representa a 84.5 millones de personas, de las cuales más del 70% utilizaron internet de febrero a abril de 2017. 

De la población usuaria de internet el 16.8% reportó haber sido víctima de alguna situación de acoso cibernético.

Al respecto, el MOCIBA detectó que la prevalencia del acoso virtual es mayor entre los rangos de edad de 12 a 19 años y de 20 a 29 años y mayoritariamente en mujeres. Para las mujeres, el Estado de Veracruz es donde se declara un mayor porcentaje de ciberacoso con un 25.6%, seguido por Aguascalientes (23.4%) y Tabasco (22.9%). 

Para los hombres el Estado con mayor prevalencia de acoso es Guanajuato (21.5%). En cuanto a las situaciones particulares, recibir mensajes ofensivos es la ofensa más frecuente con un 40.1%; ser contactada mediante identidades falsas un 31.4% y recibir llamadas ofensivas un 27.5%. 

La encuesta desglosa lo anterior para las mujeres en: insinuaciones o propuestas sexuales (30.8%) y recibir fotos o videos con contenido sexual (23.9%). En estos casos el 67% de las víctimas desconoce quién es el hostigador. Por último, en cuanto a las cifras mencionadas, cabe destacar que solo el 5.4% de las víctimas de acoso cibernético denuncian ante el Ministerio Público, la Policía o el proveedor de servicio de internet.31

En ese sentido destaca la reciente aprobación por unanimidad por parte del Congreso de la Ciudad de México la “Ley Olimpia”,32 promovida desde hace siete años por una activista que fue víctima de esa práctica y que ha logrado que se sancione en varios estados.33

Para la Ciudad de México, la iniciativa reforma el Código Penal y la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencia, mediante la cual se garantiza el derecho a la intimidad personal, la intimidad sexual y al libre ejercicio de los derechos sexuales.
En México, la “Ley Olimpia” se ha aprobado en 13 Estados. Para la Ciudad de México reforma el Código Penal y la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencia; garantiza el derecho a la intimidad personal, la intimidad sexual y al libre ejercicio de los derechos sexuales.
La ley reforma el artículo 6 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencia y define la violencia digital como “actos de acoso, hostigamiento, amenazas, vulneración de datos e información privada”, así como “difusión de contenido sexual reales o simulados por medio de fotos, video y audios, sin consentimiento a través de redes sociales atente contra la integridad, la dignidad, la intimidad, la libertad, la vida privada de las mujeres o cause daño psicológico, económico o sexual, tanto en el ámbito privado como en el público, además del daño moral tanto a ellas como a sus familias”.34

Por medio de la Ley Olimpia, se estableció en el artículo 179-Bis del Código Penal de la Ciudad de México, que se impondrán de cuatro a seis años de prisión y de 500 a mil unidades de medida “a quien haciendo uso de medios de radiodifusión, telecomunicaciones, informáticos o cualquier otro medio de transmisión de datos contacte a una persona menor de 18 años de edad; a quien no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho; a persona que no tenga capacidad de resistirlo y le requiera o comparta imágenes, audio o video de actividades sexuales explícitas, actos de connotación sexual o le solicite un encuentro sexual, lo que se conoce con el concepto de grooming”.35

Asimismo, se modificó el artículo 181, para sancionar el delito contra la intimidad sexual con una pena de cuatro a seis años de prisión y multa de 500 a 1000 unidades de medida.
Las penas se agravarán en una mitad cuando la víctima sea familiar hasta el tercer grado, cuando exista o haya existido con la víctima una relación de matrimonio, concubinato, noviazgo o cualquier otra relación sentimental o de confianza, educativa o laboral. Y establece mecanismos de denuncia de la violencia digital para que sean atendidas en menos de 24 horas.

Cabe destacar que la Ley Olimpia ha sido aprobada en 13 estados más: Guerrero, Puebla, Baja California Sur, Nuevo León, Querétaro, Guanajuato, Oaxaca, Chiapas, Estado de México, Coahuila, Yucatán, Veracruz y Zacatecas.

REFERENCIAS
1 Sameer Hinduja, Justin W. Patchin, “Cyberbullying: an exploratory analysis of factors related to offending and victimization”, Routledge, 17 de octubre de 2012. Consultado el 10 de diciembre de 2019 en: https://eclass.uoa.gr/modules/document/file.php/PPP357/cyberbullying%20an%20exploratory%20analysis%20of%20factors%20related%20to%20offending%20and%20victimization.pdf 
2 Maeve Duggan, “Online Harassment 2017”, Pew Research Center, julio 2017. Consultado el 10 de diciembre de 2019 en: https://www.pewinternet.org/wp-content/uploads/sites/9/2017/07/PI_2017.07.11_Online-Harassment_FINAL.pdf 
3 “Internet: ¿un nuevo escenario para la violencia?”, Instituto Interamericano del Niños, la Niña y Adolescentes OEA, s/f. Consultado el 10 de diciembre de 2019 en: http://iin.oea.org/boletines/especial-violencia/pdfs/articulo-escnna-e-internet.pdf 
4 Justin W. Patchin, “Cyberbullying victimization rates by race, sex, and age”, Cyberbullying Research Center, 2019. Consultado el 11 de diciembre de 2019 en: https://cyberbullying.org/cyberbullying-victimization-rates-2016 
5 “Amnistía revela alarmante impacto de los abusos contra las mujeres en Internet”, Amnistía Internacional, 20 de noviembre de 2017. Consultado el 17 de diciembre de 2019 en: https://www.amnesty.org/es/latest/news/2017/11/amnesty-reveals-alarming-impact-of-online-abuse-against-women/ 
6 “Toxic Twitter - Women's Experiences of Violence and Abuse on Twitter”, Amnistía Internacional, 2018. Consultado el 17 de diciembre de 2019 en: https://www.amnesty.org/en/latest/research/2018/03/online-violence-against-women-chapter-3/ 
7 Clarie Duffy, “Online harassment is the largest safety concern for female journalists, new study finds”, CNN, 8 de septiembre de 2019. Consultado el 17 de diciembre de 2019 en: https://edition.cnn.com/2019/09/08/media/women-journalists-cpj-safety-survey-reliable-sources/index.html 
8 “Desde ciberacoso, hasta feminicidios: CIDH alerta aumento de violencia contra mujeres periodistas”, Animal Político, 9 de marzo de 2019. Consultado el 17 de diciembre de 2019 en: https://www.animalpolitico.com/2019/03/violencia-mujeres-periodistas-cidh/ 
9 Y. Ruvalcaba, “Nonconsensual pornography among U.S. Adults: A sexual scripts framework on victimization, perpetration, and health correlates for women and men”, American Psychology Association, 2019. Consultado el 17 de diciembre de 2019 en: https://psycnet.apa.org/record/2019-05961-001?doi=1 
10 “Global Views on Cyberbullying”, Ipsos, 2018. Consultado el 17 de diciembre de 2019 en: https://www.ipsos.com/en/global-views-cyberbullying 
11 “Violência de gênero na internet Violência de gênero na internet”, Instituto Patrícia Galvão, s/f. Consultado el 11 de diciembre de 2019 en: https://dossies.agenciapatriciagalvao.org.br/violencia/violencias/violencia-de-genero-na-internet/#acesso-a-justica-e-apoio-nos-casos-de-violencia-na-internet 
12 “Ley Maria da Penha”, Diário Oficial da Uniao, 8 de octubre de 2019. Consultado el 11 de diciembre de 2019 en: https://oig.cepal.org/sites/default/files/2019_bra_ley13882.pdf 
13 Observatorio de Igualdad de Género de América Latina y el Caribe, “La Ley 11.340 Maria da Penha (2006) de Brasil: un avance en la garantía de la autonomía física de las mujeres”, CEPAL, s/f. Consultado el 11 de diciembre de 2019 en: https://oig.cepal.org/sites/default/files/ley_11.340_maria_da_penha_de_brasil.pdf 
14 “Lei 13772/18 | Lei nº 13.772, de 19 de dezembro de 2018”, JusBrasil, s/f. Consultado el 11 de diciembre de 2019 en: https://presrepublica.jusbrasil.com.br/legislacao/661348679/lei-13772-18 
15 “Lei no. 13.718”, Presidencia de la Republica, 24 de septiembre de 2018. Consultado el 11 de diciembre de 2019 en: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_ato2015-2018/2018/lei/L13718.htm 
16 “Lei no. 12.965”, Presidencia de la Republica, 23 de abril de 2014. Consultado el 11 de diciembre de 2019 en: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_ato2011-2014/2014/lei/l12965.htm 
17 “Lei no. 12.737”, Presidencia de la República, 30 de noviembre de 2012. Consultado el 11 de diciembre de 2019 en: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_ato2011-2014/2012/lei/l12737.htm 
18 Maeve Duggan, “Online Harrasment 2017”, Pew Research Center, julio, 2017. Consultado el 11 de diciembre de 2019 en: https://www.pewinternet.org/wp-content/uploads/sites/9/2017/07/PI_2017.07.11_Online-Harassment_FINAL.pdf 
19 “Sexting Laws Across America”, Cyberbullying Research Center, s/f. Consultado el 12 de diciembre de 2019 en: https://cyberbullying.org/sexting-laws 
20 “784.049 Sexual cyberharassment”, Legislatura del Estado de Florida, 2015. Consultado el 12 de diciembre de 2019 en: https://www.flsenate.gov/Session/Bill/2015/0538/BillText/er/PDF 
21 “847.0141 Sexting; prohibited acts; penalties”, Legislatura del Estado de Florida, 2019. Consultado el 12 de diciembre de 2019 en: http://www.leg.state.fl.us/statutes/index.cfm?App_mode=Display_Statute&URL=0800-0899/0847/Sections/0847.0141.html 
22 “S1719—C”, Estado de Nueva York, 15 de enero de 2019. Consultado el 12 de diciembre de 2019 en: https://legislation.nysenate.gov/pdf/bills/2019/S1719C 
23 “Bill no. A08170”, Asamblea del Estado de Nueva York, 3 de junio de 2011. Consultado el 12 de diciembre de 2019 en: https://nyassembly.gov/leg/?default_fld=&bn=A08170&term=2011&Summary=Y&Text=Y 
24 “Resoconto stenografico 673”, Cámara de Diputados, 16 de septiembre de 2016. Consultado el 12 de diciembre de 2019 en: http://media.boingboing.net/wp-content/uploads/2016/09/transcription.pdf 
25 Águeda Llorca, “Por qué la propuesta de ley italiana sobre el acoso online ha sido tachada de censura”, Genbeta, 20 de septiembre de 2016. Consultado el 12 de diciembre de 2019 en: https://www.genbeta.com/a-fondo/por-que-la-propuesta-de-ley-italiana-sobre-el-acoso-online-ha-sido-tachada-de-censura 
26 “Cambios en el Código Penal, el Código de Procedimiento Penal y otras disposiciones relativas a la protección de las víctimas de violencia doméstica y de género”, Senado de la República, 8 de diciembre de 2019. Consultado el 12 de diciembre de 2019 en: http://www.senato.it/leg/18/BGT/Schede/FascicoloSchedeDDL/ebook/51600.pdf 
27 “Italy makes 'revenge porn' a crime”, The Local, 3 de abril de 2019. Consultado el 12 de diciembre de 2019 en: https://www.thelocal.it/20190403/italy-makes-revenge-porn-a-crime 
28 “Revenge porn law is failing victims – here’s why”, The Conversation, 25 de enero de 2018. Consultado el 17 de diciembre de 2019 en: http://theconversation.com/revenge-porn-law-is-failing-victims-heres-why-90497 
29 Dafne García, “¿Cómo denunciar las agresiones digitales?”, Ladobe, 16 de octubre de 2019. Consultado el 17 de diciembre de 2019 en: https://ladobe.com.mx/2019/10/como-denunciar-las-agresiones-digitales/ 
30 “Módulo sobre Ciberacoso (MOCIBA) 2017”, INEGI, s/f. Consultado el 10 de diciembre de 2019 en: https://www.inegi.org.mx/investigacion/ciberacoso/2017/default.html 
31 “Módulo sobre Ciberacoso 2017 MOCIBA”, INEGI, 2017. Consultado el 10 de diciembre de 2019 en: https://www.inegi.org.mx/contenidos/investigacion/ciberacoso/2017/doc/mociba2017_resultados.pdf 
32 “El Congreso capitalino aprobó reformas para sancionar la #ViolenciaDigital contra las mujeres”, Congreso de la Ciudad de México, 3 de diciembre de 2019. Consultado el 12 de diciembre de 2019 en: https://www.congresocdmx.gob.mx/el-congreso-capitalino-aprobo-reformas-para-sancionar-la-violenciadigital-contra-las-mujeres/ 
33 Ana Gabriela Rojas, “Ciberacoso: "Pasé de ser la 'gordibuena' del video sexual que criticaba todo el pueblo a que 11 estados de México aprobaran una ley con mi nombre"”, BBC, 26 de septiembre de 2019. Consultado el 10 de diciembre de 2019 en: https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-49763560 
34 El Congreso capitalino aprobó reformas para sancionar la #ViolenciaDigital contra las mujeres”, Congreso de la Ciudad de México, 3 de diciembre de 2019. Consultado el 12 de diciembre de 2019 en: https://www.congresocdmx.gob.mx/el-congreso-capitalino-aprobo-reformas-para-sancionar-la-violenciadigital-contra-las-mujeres/ 
35 Ídem.

Nuevos impuestos y aumento de tarifas, traición de Sheinbaum a la ciudad para 2020: PRD CDMX

  • Contrario a lo prometido en campaña, aumentará precios y aplicará impuestos a servicios y trámites como, tarjetas de circulación, actas de nacimiento, tenencia, hospedaje, entre otros.
  • Irresponsabilidad que jefa de gobierno endeude a laciudadanía por más de 19 años para pagar un crédito desventajoso.
Ciudad de México.-  La dirigencia del PRD en la Ciudad, lamentó que el gobierno de Claudia Sheinbaum aumente a partir del próximo año el costo de trámites, servicios y sanciones administrativas por encima de la inflación y aplique nuevos impuestos a productos y servicios, lo que representa un golpe directo a la economía familiar de la población capitalina y visitantes, calificó.

“Contrario a su promesa de campaña de no incrementar costos de servicios o crear nuevos impuestos, a la jefa de gobierno no le importó la gente ya que con su propuesta de paquete económico para el año 2020 la población en la ciudad pagaremos más por servicios públicos y productos”, precisó en un comunicado.

Los perredistas que este hecho representa un atentando contra la economía de quien menos tiene y una traición a la población que confió en ellos, mismo que fue avalado por la mayoría legislativa encabezada por Morena en el Congreso de la Ciudad, “por un lado prometieron que no subirían los impuestos y ahora -en el próximo año- habrá hasta nuevos”, señaló, Carlos Estrada Meráz integrante de la dirigencia perredista.

Afirmaron  que el gobierno de Morena en la Ciudad y el gobierno federal, actúan de manera incongruente, por un lado anuncian el aumento al salario mínimo, pero por otro ocultan el aumento de costos de servicios y trámites así como la generación de nuevos impuestos en la ciudad, lo cual impedirá que el bolsillo de los capitalinos se vea beneficiado por un aumento a los sueldos.

A partir de enero 2020, licencias, tarjetas de circulación, registros y actas de nacimiento, sanciones administrativas y celebración de matrimonios tendrán un costo del casi 4 por ciento más con respecto a 2019, es decir, la renovación de licencia de conducir tipo A, pasará de costar 754.50 pesos a 870.50 pesos el próximo año, por señalar un ejemplo.

Además el gobierno de la ciudad aplicará nuevos impuestos a la Tenencia Vehicular la cual el próximo año se igualará al cobro con el Estado de México, es decir, se aplicará una tasa única del 3 por ciento sobre el valor del vehículo. Además se impondrán impuestos al hospedaje, juegos, rifas y sorteos sobre un 13 por ciento, así como a bebidas alcohólicas del 4.5 por ciento.

En ese sentido, la dirigencia del PRD CDMX señaló que el consumo de alcohol entre la población no disminuirá con el solo hecho de aumentar el impuesto o restringiendo su consumo con si se tratara de un castigo, lo que se requiere es una política integral de atención que concientice sobre los efectos y consecuencias dirigida a diversos sectores específicos de la población, como a los jóvenes.

En contraparte, condenaron la deuda por más de 19 años que adquirirá el gobierno de la Ciudad para dar mantenimiento a la Línea 1 de Metro, el PRD capitalino, dicho crédito “es desventajoso para la ciudadanía quienes finalmente será la que pague la deuda, es una irresponsabilidad de Sheinbaum, ella se va ir en 5 años, mientras la población se quedará con la deuda por casi tres sexenios más”, advirtieron.

Mujeres indígenas, personas con discapacidad y niños con cáncer, prioridad en este periodo

  • Decretan el primer domingo de junio como “Día Nacional de la Democracia”
  •  2020, “Año de Leona Vicario, Benemérita Madre de la Patria”
Ciudad de México.- Durante el Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio, el Pleno de los diputados se abocó al estudio, dictaminación y votación para decretar fechas especiales y visibilizar problemáticas de sectores que enfrentan alguna situación de discriminación o vulnerabilidad.

Asimismo, los legisladores resaltaron la importancia de reconocer, con el establecimiento de otras fechas específicas, la lucha de las mujeres en el Movimiento de Independencia, e impulsar la consolidación de una cultura política democrática.

Mes Nacional para la Concientización, Prevención, Detección y Tratamiento Oportuno del Cáncer Infantil

Se declaró febrero como “Mes Nacional para la Concientización, Prevención, Detección y Tratamiento Oportuno del Cáncer Infantil”, que constituye un problema de salud pública en México, al constituir la principal causa de muerte por enfermedad entre los cinco y 14 años de edad, cobrando más de dos mil vidas al año.

Se debe enfrentar la situación con un esfuerzo conjunto entre sociedad y gobierno para impulsar acciones que garanticen un diagnóstico oportuno y la atención integral, pues datos de la Secretaría de Salud refieren que cada año se diagnostican entre cinco y seis mil casos nuevos de cáncer en menores de 18 años.

Semana Nacional de la Salud Auditiva

También, se decretó la última de febrero de cada año, como “Semana Nacional de la Salud Auditiva”, con el objetivo de promover y prevenir, con medidas de salud pública, el cuidado de la audición.

El pleno reconoció la importancia de impulsar medidas como la inmunización, hábitos saludables para cuidar el oído y tratamiento eficaz de los trastornos agudos y crónicos de ese órgano. Además, sensibilizar a las comunidades, profesionales del sector salud e instancias normativas.

La hipoacusia o discapacidad auditiva, afecta a entre ocho y diez millones de personas en México, por lo que es necesario realizar un tamizaje auditivo a todo recién nacido, para diagnosticar a los pacientes con algún grado de sordera e integrarlos a la sociedad.

Día Nacional de la Mujer Indígena

Al ser la Legislatura de la Paridad de Género, se estableció el 5 de septiembre como “Día Nacional de la Mujer Indígena”, y se unificó con el día internacional de la misma celebración, para generar medidas afirmativas y acciones compensatorias que reduzcan las desigualdades que enfrenta esta población, incluirla en los espacios de decisión y construir políticas que respeten y valoren sus aportes.

Se visibilizan las barreras estructurales y normas sociales discriminatorias que limitan su poder en razón del género, pobreza, condición de indígenas, y bajos niveles de educación y alfabetización, al ser relegadas de manera histórica, impidiéndoles el acceso a la participación política y espacios de toma de decisiones.

Año de Leona Vicario, Benemérita Madre de la Patria

También se declaró “2020 como Año de Leona Vicario, Benemérita Madre de la Patria”. Las dependencias y entidades de la administración pública federal durante el próximo año, deberán inscribir la leyenda en la documentación oficial.

El Ejecutivo federal, en coordinación con los poderes Legislativo y Judicial, y los órganos autónomos establecerá un programa de actividades para conmemorarlo.

A través de este homenaje al esfuerzo de esta heroína de la independencia, mujer inteligente que deseaba la libertad de los mexicanos, mestizos, indígenas, para que vivieran dignamente, la Cámara de Diputados reconoce el papel que asumieron las mujeres en el movimiento independentista.

Día Nacional de la Democracia

Se decretó que el primer domingo de junio de cada año sea “Día Nacional de la Democracia”, para impulsar una cultura política en la que el ciudadano no sólo se relacione con las instituciones que responden a sus demandas, sino que tenga actitudes propositivas, no sólo reactivas ante el desempeño gubernamental.

Día Nacional de la Filosofía

De igual forma, se determinó el tercer jueves de noviembre como “Día Nacional de la Filosofía”, enseñanza primordial para ejercitar la capacidad de juicio de los educandos, indispensable en toda democracia.

Demanda diputado garantizar la seguridad de usuarios y choferes del transporte público en el estado de México

  • Se le considera uno de los servicios más caros e inseguros del país: González Reyes
Ciudad de México.- El diputado Marco Antonio González Reyes (Morena) impulsa un exhorto al gobierno del estado de México para que en coordinación con las autoridades de los 125 municipios, implante medidas y acciones que garanticen la seguridad de los usuarios y los choferes del transporte público, considerado uno de los más caros e inseguros del país.

Además, cumpla los compromisos asumidos desde 2017 para brindar un servicio de calidad y favorecer la modernización del sector, porque es urgente contar con movilidad eficiente, segura y sustentable.

Comentó que es necesario se reconsidere el incremento de las tarifas del transporte público en la entidad para evitar afectar la economía de los mexiquenses.

En un punto de acuerdo turnado a la Comisión de Comunicaciones y Transportes para dictamen, aseveró que el estado de México es una de las entidades más afectadas por el robo a transporte público, en particular en los municipios conurbados con la Ciudad de México.

De acuerdo con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en el presente año se han cometido en ese estado 7 mil 587 robos en transporte público colectivo, 7 mil 533 han sido con violencia.

Este tipo de delito es muy sensible para la población que durante sus trayectos cotidianos ve afectado su patrimonio e integridad física, lo que además de generar una molestia social incrementa la percepción de inseguridad.

Refirió que el año pasado se cometieron 9 mil robos en este servicio, un promedio de 25 asaltos diarios. Por ello, se considera uno de los transportes públicos más caros e inseguros del país.

De 2015 a 2018, el robo a transporte público se incrementó 700 por ciento en Nezahualcóyotl; 234 por ciento en La Paz y 219 por ciento en Chimalhuacán.

Indicó que en los últimos meses se ha elevado el delito de extorsión contra los transportistas de la entidad, al grado de quemar unidades, agresiones físicas y asesinatos a choferes.

Pese a las acciones de la autoridad, los resultados han sido deficientes para garantizar a los choferes y los pasajeros seguridad en este servicio. Las rutas más afectadas son las que corren de Tecámac a Ecatepec, subrayó.

El también integrante de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, refirió que no se observan mejoras en el servicio, porque las unidades están en pésimas condiciones, en algunos casos no tienen los asientos completos, rebasan los 10 años de antigüedad y no cuentan con cámaras de seguridad.

Urge en el estado de México y su zona metropolitana un transporte público con energías renovables, que sea lo suficientemente eficiente y económico.

Respecto al alza de la tarifa, consideró que se ha hecho caso omiso a las necesidades de la población, “no hay justificación para incrementar las tarifas de transporte público”.

Explicó que el usuario gasta en promedio, al día, entre 75 y 85 pesos para trasladarse a trabajar, y un estudiante de 50 a 60 pesos diarios, de su casa al plantel educativo.

El gasto promedio destinado al transporte asciende a 12.51 por ciento de los ingresos de los hogares mexicanos; los de menor ingreso mensual gastan 13.72 por ciento, debido a que requieren abordar hasta tres tipos diferentes de modalidades.

Señaló como ejemplo, a un habitante de Cuautitlán Izcalli que labora en la colonia Del Valle, Ciudad de México, los transportes que utiliza son una combi, el Tren Suburbano y el Metrobús.

Sumando lo gastado en estos tres, al mes destinará mil 540 pesos, con el salario promedio de un mexicano de 5 mil 528 pesos, equivalente a 27 por ciento de su percepción para ir de casa al trabajo y viceversa.

Refirió que un estudio de la Unión Europea en 2015 reveló que México gasta más en transporte en comparación con países europeos, así como con Canadá, Estados Unidos, Brasil o Japón.

Publica DOF la reforma constitucional en materia de consulta popular y revocación de mandato

  • El decreto entra en vigor mañana sábado; el Congreso de la Unión deberá expedir la ley reglamentaria sobre revocación de mandato en los siguientes 180 días
Ciudad de México.-  El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó este viernes el decreto de la reforma constitucional en materia de consulta popular y revocación de mandato.

El documento, que modifica y adiciona diversas disposiciones de los artículos 35, 36, 41, 81, 84, 99, 116 y 122 de la Constitución, entrará en vigor este sábado 21 de diciembre.

Señala que una vez publicado, el Congreso de la Unión deberá expedir en los 180 días siguientes la ley reglamentaria sobre revocación de mandato.

El pasado 5 de noviembre, el Congreso de la Unión aprobó esta reforma; posteriormente fue avalada por 17 congresos estatales y rechazada por uno, el de Guanajuato.

Consulta popular 

Las reformas precisan que las consultas populares podrán ser sobre temas de trascendencia nacional y regional, y se realizarán el primer domingo de agosto.

Para temas nacionales tendrán que ser respaldadas por al menos dos por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores.

Las consultas de trascendencia regional competencia de la Federación tendrán que impulsarse por los ciudadanos de una o más entidades federativas, en un número equivalente, al menos, al dos por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores de la entidad o entidades federativas que correspondan.

No podrá ser objeto de consulta popular la permanencia o continuidad en el cargo de servidores públicos de elección popular, sistema financiero, ingresos, gastos y el Presupuesto de Egresos de la Federación, ni obras de infraestructura en ejecución.

Se establece que el Instituto Nacional Electoral (INE) tendrá a su cargo, en forma directa, verificar los requisitos para solicitar dicha consulta, la organización, desarrollo, cómputo y declaración de resultados. Asimismo, promoverá la participación de los ciudadanos en las consultas populares y será la única instancia encargada de su difusión.

La promoción deberá ser imparcial, de ninguna manera dirigida a influir en las preferencias de la ciudadanía, sino a promover la discusión informada y la reflexión.

Ninguna otra persona física o moral, a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en la radio y la televisión dirigida a incidir en la opinión de los ciudadanos sobre las consultas populares.

Durante el tiempo que comprende el proceso de consulta popular, desde la convocatoria y hasta concluir la jornada, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación de toda propaganda gubernamental de cualquier orden de gobierno, salvo aquellas que tengan como fin difundir información de las autoridades electorales, las relativas a los servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protección civil, en caso de emergencia.

Revocación de mandato

En materia de revocación de mandato, se estipulan los procesos para ejecutarlo y el derecho de los ciudadanos a participar en éste.

Serán sujetos del mismo, el Presidente de la República, las y los gobernadores de las entidades federativas y el jefe o jefa de gobierno de la Ciudad de México.

En el caso del titular del Ejecutivo federal, será convocado por el INE a petición de la ciudadanía en un número equivalente, al menos, al tres por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores, siempre y cuando la solicitud corresponda a, por lo menos, 17 entidades federativas, que representen como mínimo tres por ciento de la lista nominal de electores de cada una de ellas.

Se solicitará en una sola ocasión y durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año del periodo constitucional de su mandato.

Será realizado por medio de una votación libre, directa y secreta de los ciudadanos inscritos en la lista nominal, el domingo siguiente a los 90 días posteriores a la convocatoria y en fecha no coincidente con las jornadas electores, federal o locales.

El INE recibirá la solicitud y dentro de los siguientes 30 días revisará los requisitos estipulados; emitirá inmediatamente la convocatoria al proceso de revocación de mandato. Para que sea válido deberá haber una participación de, por lo menos, el 40 por ciento de las personas inscritas en la lista nominal de electores.

Dicho instituto tendrá a su cargo, en forma directa, la organización, desarrollo y computo de la votación; y emitirá los resultados de los procesos.

Los resultados podrán ser impugnados ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; encargada de realizar el cómputo final del proceso de revocación de mandato, una vez resueltas las impugnaciones que se hubieren interpuesto. En su caso emitirá la declaratoria de revocación.

Se prohíbe el uso de recursos públicos para la recolección de firmas, así como con fines de promoción y programas relacionados con los procesos de revocación de mandato.

Durante el tiempo que comprende el proceso de revocación de mandato, desde su convocatoria hasta la conclusión de la jornada, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación de toda propaganda gubernamental de cualquier orden de gobierno.

Se determina que, en caso de revocar el mandato del Presidente de la República, asumirá provisionalmente, por no más de 30 días, la titularidad del Poder Ejecutivo quien ocupe la presidencia del Congreso de la Unión.

Posteriormente, el Congreso nombrará a quien concluirá el periodo constitucional del mandato revocado, en los términos del artículo 35 constitucional.

El proyecto de decreto plantea que para solicitar la revocación de mandato del actual presidente de la República, la solicitud de firmas comenzará en noviembre de 2021 y culminará el 15 de diciembre de ese mismo año. La petición deberá presentarse en los primeros 15 días de este último mes. Si la solicitud es procedente, el INE emitirá la convocatoria y la jornada de votación será a los 60 días de expedida la convocatoria.

También se indica que las constituciones estatales establecerán las normas relativas a los procesos de revocación de mandato del gobernador de la entidad.

Propone Celeste Ascencio Ortega reforma constitucional para garantizar matrimonio igualitario en todo el país

  • Con esta modificación se satisface una deuda histórica, sobre todo con el reconocimiento de los derechos de la comunidad LGBTI+
Ciudad de México.- La diputada Reyna Celeste Ascencio Ortega (Morena) presentó una iniciativa para modificar el artículo 4° constitucional, a fin de reconocer que toda persona mayor de edad tiene derecho a contraer libremente matrimonio sin discriminación alguna, y lograr el reconocimiento a nivel nacional del matrimonio igualitario.

“Con este proyecto de reforma se satisface una deuda histórica que se tiene, sobre todo con el reconocimiento de los derechos a las personas pertenecientes de la comunidad LGBTI+. Es momento de que desde la Constitución exista, sin interpretación o juicio de amparo de por medio, el derecho de poder contraer matrimonio libremente, sin que medie ningún tipo de señalamiento, persecución social o discriminación alguna”, señaló la legisladora.

Entidades como la Ciudad de México, Campeche, Chihuahua, Colima, Coahuila, Michoacán, Morelos, Nayarit, Hidalgo, Baja California Sur, Oaxaca, San Luis Potosí y Quintana Roo reconocen y permiten el matrimonio entre personas del mismo sexo sin ninguna discriminación.

Sin embargo, abundó, en el resto del país, aquellas personas del mismo sexo que deseen contraer matrimonio deben tramitar un amparo, para que reconozca la Justicia Federal un derecho que ya tienen por disposición constitucional, lo que conlleva gastos y la eventual pérdida del derecho, si el juicio de amparo no se lleva adecuadamente.

Destacó que su iniciativa propone innovaciones no planteadas en otras propuestas, entre éstas, que se obliga tanto al Congreso de la Unión, como a legislaturas locales adecuar la legislación correspondiente en un plazo de tres meses al entrar en vigor la reforma constitucional.

Expresamente se señala que, a partir de la entrada en vigor de la reforma, las disposiciones federales y/o locales que limiten el derecho de las personas a contraer matrimonio por condiciones de género, preferencias sexuales, religión o cualquiera otra que atente contra la dignidad humana, no serán aplicables en perjuicio de persona alguna.

De igual forma, no serán aplicables aquellas disposiciones jurídicas que restrinjan o anulen el ejercicio de algún derecho como cónyuge de un matrimonio que se haya celebrado entre personas del mismo sexo, a partir de la entrada en vigor.

Las uniones civiles entre personas del mismo sexo que no tengan el carácter de matrimonio, cualquiera que sea su denominación y régimen legal, que se hayan celebrado con anterioridad a la entrada en vigor de la reforma, tendrán el carácter, derechos y obligaciones de un matrimonio desde la fecha en que tales actos jurídicos fueron celebrados y gozaran de plena validez en toda la República.

La institución matrimonial, bajo una concepción amplia y progresiva de derechos, debe orientarse a una unión libre y voluntaria entre dos personas para hacer vida en común, alejada de cualquier concepción histórica o religiosa.

También, dijo, el matrimonio es una institución en que dos personas se procuran respeto, igualdad y ayuda mutua, por lo que debe quedar atrás la concepción de que es exclusivamente el enlace entre un hombre y una mujer.

“Es necesario el reconocimiento de este derecho a nivel constitucional para efecto de que cualquier persona, sin importar su preferencia sexual, pueda contraer matrimonio de forma libre y sin temor a ser víctima de discriminación, ratifico mi compromiso como legisladora de crear mejores leyes en las cuales se garanticen los derechos a todas las personas por igual”, concluyó.

Una “simulación”, la investigación sobre Bartlett Díaz: Verónica Juárez

  • Fue un símil a la de la Casa Blanca; SFP ratificó la exoneración que el presidente ya había hecho del director de la CFE
  • La consulta sobre el Tren Maya, una “farsa”, carente de legitimidad y sin validez legal: Claudia Reyes
Ciudad de México.-  La diputada Verónica Juárez Piña, coordinadora del PRD en la Cámara de Diputados, consideró como una “simulación” la investigación de la Secretaría de la Función Pública (SFP) sobre los múltiples bienes del director general de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), Manuel Bartlett Díaz, y de su familia.

La legisladora dijo que la SFP, luego de una investigación de más de tres meses, exoneró ayer a Bartlett Díaz al considerar que no existe conflicto de interés ni obligación de reportar sus bienes ni los de su familia.

La dependencia inició una indagación contra el funcionario público después de que el periodista Carlos Loret de Mola dio a conocer en un reportaje que Bartlett Díaz ha levantado un imperio inmobiliario con la adquisición de 25 casas de lujo por medio de familiares, empresas y presuntos prestanombres, ubicadas en las zonas más caras de la Ciudad de México, las cuales omitió en su declaración patrimonial.

“En realidad la SFP sólo ratificó la exoneración que el presidente ya había hecho de Manuel Bartlet, pues en una conferencia de prensa en septiembre pasado acusó a los adversarios de la Cuarta Transformación de ser los responsables de la campaña en contra del Director de la CFE”, sostuvo en un comunicado la diputada por Jalisco.

Comparó esta investigación de la SFP con la que realizó la misma dependencia contra Enrique Peña Nieto y su entonces esposa Angélica Rivera, por las presuntas irregularidades en la adquisición de la residencia conocida como la Casa Blanca, que les vendió el propietario de Grupo Higa, beneficiario de múltiples contratos en el sexenio pasado; la secretaría los exoneró al considerar que no incurrieron en conflicto de interés.

“Sobre la investigación de la Casa Blanca, el ahora presidente Andrés Manuel dijo que era una burla, lo que también se puede decir de la investigación contra Bartlett”, acusó Juárez Piña.

Es claro que el Presidente aplica a raja tabla el apotegma juarista de “a los amigos justicia y gracia. A los enemigos la justicia a secas", opinó Juárez Piña, quien exhortó al presidente a corregir, porque de lo contrario la lucha que tanto presume contra la corrupción, puede terminar en una simulación.

Consulta sobre el Tren Maya, una farsa, carente de legitimidad y sin validez legal

A su vez, la diputada Claudia Reyes Montiel, también del PRD, calificó como una “farsa” la consulta del gobierno federal sobre el Tren Maya, pues además de carecer de legitimidad y validez legal, tuvo escasa participación y se hizo sobre un proyecto ya en marcha desde hace meses por imposición de López Obrador, quien con esa obra busca satisfacer a grupos económicos nacionales y extranjeros.

La secretaria de la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad e integrante de la Comisión de Turismo recordó que el propio Presidente confesó hace meses y durante una visita a Hecelchakán, Campeche, que “llueve, truene o relampaguee, se va a construir el Tren Maya, lo quieran o no lo quieran".

Lo anterior se tradujo en que se trabaja para materializar la obra, independientemente de lo que se dijera en la consulta realizada el pasado fin de semana y cuyos resultados se dieron a conocer al lunes siguiente.

De los millones de habitantes de Yucatán, Quintana Roo, Tabasco, Campeche y Chiapas, en la “consulta” sólo participaron unas 34 mil personas, la gran mayoría de ellas carentes de información para valorar dicho proyecto, esto a pesar de que muchos miembros del Gobierno Federal la publicitaron ilegalmente.

“Es decir, no hubo ninguna imparcialidad ni objetividad por parte de las autoridades para que la votación se hiciera de manera libre”, dijo Reyes Montiel.

Consideró esta “consulta” -realizada al margen de autoridades legalmente facultadas para ello, sin metodología en el cuestionario y sin infraestructura ni seguridad para evitar cualquier posible fraude- como otro acto demagógico del Presidente.

“Como vemos, la obra va porque así lo decidió el Presidente, sin importar lo que la gente dijera, como tampoco que varios especialistas han señalado que su construcción afectará el medio ambiente o zonas arqueológicas con un importante valor histórico y cultural para nuestro país, como recientemente lo han señalado estudiosos de la UNAM”, dijo la legisladora también en un comunicado.

La verdad –agregó- es que ni la consulta ni la opinión de los expertos importan al Presidente, quien ha dejado en claro que se hará lo que él quiere, dando con esto una muestra más de su talante autoritario y demagógico.

Reiteró que el Tren Maya realmente no es un impulso del desarrollo nacional por parte del Estado, sino la continuación del modelo neoliberal, que sigue tan vigente como antes, pues la obra responde, más que a un interés nacional, al de grupos económicos nacionales y extranjeros.

Por ello no le importa al gobierno despojar de sus tierras a los ejidatarios y segregar a los pueblos originarios que habitan en la zona por la que cruzará el tren y más bien la consulta le sirvió para tratar de legitimar ese despojo.

Presentan el Mayan Road Península en la Harley Davison: será del 20 al 23 de febrero

  • Habrá una atractiva bolsa de 40 mil pesos para los ganadores
Mérida, Yucatán.- Del 20 al 23 de febrero se realizará el Mayan Road Península para conmemorar el 9o. Aniversario de la Consesionaria Harley Davison de Yucatán, evento que se realizará en el Autódromo "Emmerson Fittipaldi"-

Carlos Sáenz Castillo, director del Instituto del Deporte de Yucatán acompañado por Ericka Sauri Ramírez, subdirectora de Juventud y Deportes del Ayuntamiento de Mérida; Patricia Montero Azuara, directora del Autódromo Internacional "Emmerson Fittipaldi" y Juan Pablo Isaac Medina, director general de Península Harley Davison Yucatán y Chiapas, estuvieron en la presentación oficial del evento

"Habrá música, convivencia, rodadas y sorpresas en las poderosas máquinas que presentaremos los días 20 y 21 de febrero, principalmente además de que se dejará los días 22 y 23 para un cuarto de milla por categorías lo que hará más atractivo este evento", señaló Isaac Medina

Habrá una atractiva bolsa de 40 mil pesos para los ganadores que buscará incrementar el comité organizador y se extenderá la invitación para participar a nivel nacional para que vengan pilotos de otras partes a competir, divertirse y convivir en este evento que es la primera vez que se realiza en el Autódromo de Yucatán



El Gobierno del Estado refrendó el apoyo que tienen a estas actividades y recordó que los motociclistas siempre han apoyado las actividades realizadas de promoción como fue el Festival de la Veda que se aplicó en marzo del año pasado o en los eventos de las clubes de motociclistas para promocionar los municipios de Yucatán.

Concluye la campaña “Dona tus tenis”, con mil 300 zapatos

  • Infantes de Kaxatah, en Motul, recibieron este apoyo en representación de todas y todos los beneficiarios de la entidad
Mérida, Yucatán.- Con el acopio total  de mil 300 pares de zapatos que serán entregados a niñas y niños que practican fútbol o béisbol en las Academias de Iniciación Deportiva concluyó la Campaña "Dona tus tenis”.

En el Gimnasio Polifuncional, infantes inscritos en dicho esquema, provenientes de la comisaría de Kaxatah, en Motul, recibieron este apoyo en representación de todas y todos los beneficiarios de la entidad, de manos del director del Instituto del Deporte del Estado (IDEY), Carlos Sáenz Castillo.

Tras dar la bienvenida, el funcionario agradeció a quienes participaron en esta iniciativa y recordó que el IDEY realizará la selección y distribución de los zapatos, en beneficio del alumnado de las 50 Academias que actualmente funcionan en Yucatán. En ese sentido, recordó que, en enero, se integrará 55 de estos espacios, para cubrir prácticamente toda la geografía local.

Asimismo, aseguró que sus estudiantes reciben constantes atenciones del Ejecutivo, como las invitaciones a partidos del Club Venados en el “Carlos Iturralde Rivero”, donde se ha adecuado un sitio en las gradas para que estos deportistas, provenientes de municipios del interior, conozcan el estadio y vean jugar al máximo equipo profesional del territorio.

Por su parte, la directora del Colegio Montejo, Nancy Durán Solís, expresó que “dar es una manera de ayudar a quienes menos tienen” y agradeció a la administración estatal por hacer a la institución a su cargo parte de esta iniciativa tan importante, porque concientiza a sus estudiantes para que sean “más humanos y menos materialistas”.

Después de anunciar que, de ser necesario, se repetirá esta campaña el próximo año, las y los asistentes se tomaron una fotografía del recuerdo, esperando la siguiente oportunidad para apoyar a la comunidad deportiva yucateca.


Acudieron las presidencias de las ligas “Marcelino Champagnat”, José Luis Millet Bolio; “Juan N. Cuevas”, Rubén Cuevas Luna; “Erick Díaz Palma”, Normando Rivas Cantillo”, y “Álvaro García Aguilar”, Ysela Chans Atala, quien también es la titular del Instituto Patria. También, la titular de Secundaria de la Escuela Modelo, Violeta Xool Dorantes; la coordinadora Deportiva del Colegio Rogers Hall, Karina Beltrán Valdéz, y el director Comercial de Venados, Sergio Pérez Perera.

Por parte de las Academias, recibieron los tenis las y los niños Adriana Pool Pool, Sarahí Cortés Chalé, Yerick Andrei Canul Chalé, Manuel Canul Vera, Elmer Canul Canul, Edward Puc Cortés, Ángel Nahuat Pool, Pedro Cortés Dzul, Jordan Canul Tamayo y Eider Leonel Pool Pool, todas y todos con 10 años de edad.
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