Mérida, Yucatán.- A fin de normar el uso y disfrute de los
recintos culturales de la Secretaría de la Cultura y las Artes (SEDECULTA), el
Gobierno del Estado publicó este jueves el Decreto 112, en el cual se
establecen y detallan las medidas que se aplicarán en beneficio de los usuarios
de esa infraestructura social.
La SEDECULTA informa que el Decreto 112 del Estado de
Yucatán, publicado en el Diario del Oficial del Gobierno del Estado, otorga
vigencia al Reglamento Interior de Teatros acorde a lo expresado en el Plan
Estatal de Desarrollo 2012-2018, que señala como responsabilidad del Poder
Ejecutivo la reglamentación que garantice el uso adecuado de dichos espacios.
Así, se busca consolidar la infraestructura cultural con
programas de mantenimiento, ampliación y creación de recintos que multipliquen
y diversifiquen la oferta, a la vez promover el uso intensivo de los espacios
convencionales y alternativos en la presentación de eventos artísticos,
conforme a lo establecido en el Plan Estatal de Desarrollo.
La nueva normatividad cuenta con cinco capítulos y 52
artículos, en los que se detallan las medidas y procedimientos que se aplicarán
para la conservación, mantenimiento y acceso de terceros a las instalaciones;
de igual manera prevé sanciones para los funcionarios públicos que incumplan
las estipulaciones.
Al tratarse de una reglamentación interior es de observancia
obligatoria para los servidores públicos de la SEDECULTA, artistas,
arrendatarios, espectadores y en general toda persona física o moral que haga
uso de las instalaciones.
El Reglamento Interior robustece la normatividad en materia
de protección civil, pues garantiza que los teatros contarán con las medidas
necesarias para salvaguardar la integridad física de las personas que hagan uso
de sus instalaciones, así como la protección de los mismos.
Otro aspecto que representa un avance en cuestión de
accesibilidad estriba en que se detallan las condiciones que deben privar para
que personas con alguna discapacidad tengan preferencia y se garantice el
disfrute de las presentaciones en los recintos teatrales.
Con esa norma se establecen los lineamientos para que los
particulares puedan presentar espectáculos artísticos y culturales, además de
eventos que encuentran armonía con un interés público, educativo o cívico.
Además el documento puntualiza los criterios para la programación de éstos.
La SEDECULTA precisa que conforme a la legislación vigente,
corresponde a la Secretaría de Administración y Finanzas (SAF) recaudar el
cobro por utilización de los recintos y, de ser el caso de los artistas o
instituciones educativas que lo soliciten, aplicar los esquemas de descuentos y
exenciones de pago previstos.
Ya que los teatros constituyen espacios formativos y de
convivencia donde los individuos pueden participar libremente en actividades
que enriquecen su desarrollo artístico, cultural, intelectual y educativo, el
Reglamento Interior de Teatros permitirá mejorar su conservación y
mantenimiento, al tiempo que garantiza el uso adecuado de las instalaciones y
que un mayor público disfrute de los eventos que se programen.